Se va a cumplir un año dese que el Tribunal Constitucional anulara la fórmula de cálculo del impuesto de la segunda mayor fuente de financiación impositiva de los ayuntamientos después del IBI. Este impuesto, la plusvalía, se anuló porque el Tribunal Constitucional declaró “inconstitucionales y nulos” los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4, ya