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HEMOS CERTIFICADO EL ÉXITO DE NUESTRAS RECLAMACIONES:

El Departamento de Estadística e Investigación Operativa de la Facultad de Ciencias Matemáticas, de la Universidad Complutense de Madrid, ha certificado el éxito en las reclamaciones de Impuestalia a la Administración.

Los miembros del Equipo Investigador sobre “Análisis de la eficacia acumulada en reclamaciones para la revisión del importe del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto al Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)”

C E R T I F I C A N que Impuestalia, S.L., que les ha contratado para la verificación de la tasa de éxito en sus reclamaciones ante Catastro y ante la Administración Tributaria, teniendo en cuenta el histórico de sus reclamaciones desde el 1 de enero del 2012 hasta el 31 de diciembre del año 2022, tiene las siguientes tasas de éxito:

• 94,96% en las reclamaciones de IBI.

• 93,11% en las reclamaciones de IIVTNU.

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REVISIÓN DE VALORES CASTASTRALES

El Valor Catastral es dado por Catastro, entidad nacional, de forma masiva. En él influyen muchos factores y normativas estatales y municipales. Es la base sobre la que se aplican los criterios contenidos en las ordenanzas fiscales de cada municipio para calcular la cuota del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) y, otras normativas fiscales nacionales, autonómicas o municipales, para el cálculo de otros impuestos (Plusvalías, IAE, Sucesiones…).

Por la complejidad del sistema de determinación de los Valores Catastrales es muy normal que se cometan errores en su asignación y, es necesario el estudio por un técnico especializado en valoración catastral para su detección, un estudio catastral concienzudo, hecho por expertos.

Impuestos que toman como base el Valor Catastral:

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RECLAMACIÓN DE LAS PLUSVALÍAS

El pasado 26 de octubre de 2021 Impuestalia consiguió que el Tribunal Constitucional declarara nulo el impuesto de la Plusvalía, al declarar el Pleno de este tribunal la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 párrafo segundo, 107.2 a) y 107.4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en respuesta a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, frente al que Impuestalia estaba defendiendo a su cliente. Estos artículos establecían hasta ahora cómo calcular la base imponible del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía municipal.

Este nuevo hecho aumenta los argumentos jurídicos de IMPUESTALIA para reclamar plusvalía municipal, nuestros abogados consideran que existen motivos para la reclamación de las Autoliquidaciones de las Plusvalías pagadas en los últimos 4 años. La reclamación es a ÉXITO.

EN IMPUESTALIA SABEMOS Y QUEREMOS AYUDARLES, CONTACTE CON NOSOTROS.

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